A nuestros apreciables lectores les informo sobre las disposiciones relacionadas con la vigencia de facturas, ello con relación al Acuerdo Gubernativo 222-2019 el cual reformó el Reglamento del IVA y que deben considerarse ya que las mismas cobran vigencia este 01/07/2020.
De conformidad al artículo 13 transitorio del AG 222-2019 los
Documentos FACE para los cuales no se estableció un plazo de vigencia, quedarán sin efecto a partir del 01/07/2020: por lo cual los contribuyentes deberán iniciar con la migración de los emisores FACE al Régimen FEL.
Los documentos distintos a FEL que se solicitaron a partir del 11/11/2019, documentos en papel y documentos FACE, contarán con una vigencia máxima de 6 meses, contados a partir de la fecha de la autorización.
Teniendo en consideración lo anterior, sugerimos a los contribuyentes solicitar a quien corresponda (Generador de documentos DTE) y con tiempo anticipado al 30 de junio, elegir quién será su proveedor de DTE.
Cualquier observación o ampliación será bienvenida, por supuesto después del like correspondiente.
Gracias Lic. x mantenernos informados. saludos
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Hola Erick
Gracias por la visita.
Saludos
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Buenos días Lic., y como siempre gracias por compartir la información.
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Hola Elvis
Gracias por la visita y estar al pendiente.
Saludos
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