Vigencia de documentos

A nuestros apreciables lectores les informo sobre las disposiciones relacionadas con la vigencia de facturas, ello con relación al Acuerdo Gubernativo 222-2019 el cual reformó el Reglamento del IVA y que deben considerarse ya que las mismas cobran vigencia este 01/07/2020.

De conformidad al artículo 13 transitorio del AG 222-2019 los

Documentos FACE para los cuales no se estableció un plazo de vigencia, quedarán sin efecto a partir del 01/07/2020: por lo cual los contribuyentes deberán iniciar con la migración de los emisores FACE al Régimen FEL.

Los documentos distintos a FEL que se solicitaron a partir del 11/11/2019, documentos en papel y documentos FACE, contarán con una vigencia máxima de 6 meses, contados a partir de la fecha de la autorización.

Teniendo en consideración lo anterior, sugerimos a los contribuyentes solicitar a quien corresponda (Generador de documentos DTE) y con tiempo anticipado al 30 de junio, elegir quién será su proveedor de DTE.

Cualquier observación o ampliación será bienvenida, por supuesto después del like correspondiente.

4 comentarios sobre “Vigencia de documentos

Los comentarios están cerrados.